Últimas reflexiones sobre la frase: ‘En materia de terrorismo, hacer oposición al Gobierno es hacer oposición al Estado’.

Tal como prometà que harÃa, desarrollo aquà las reflexiones que me suscitó la exposición (I, II) del lector que se firma The End publicada en el área de comentarios del artÃculo “La crÃtica a la polÃtica antiterrorista como legÃtima expresión de la voluntad popularâ€?, todo ello a cuenta de cierta frase del Presidente del Gobierno pronunciada durante el reciente Debate sobre el Estado de la Nación. Como se desprende del tÃtulo del post, estas reflexiones serán las últimas que escriba a cuenta del asunto en forma independiente, si bien agradeceré, como es costumbre, los comentarios. Aviso a los lectores: el artÃculo que sigue es muy largo y, potencialmente, muy aburrido.
Con carácter liminar, y antes de entrar en la contestación (que ocasionalmente adoptará la forma de un fisking) del comentario de The End, me gustarÃa centrar el debate, que como cualquier debate que se precie ha ido ramificándose y amenaza salirse por completo del núcleo originario. Lo que aquà debatimos es si la frase pronunciada por Zapatero en el debate sobre el Estado de la Nación: “En materia de Terrorismo, hacer oposición al Gobierno es hacer oposición al Estadoâ€? es expresión de una posición polÃtica legÃtima (no “correctaâ€?, que es un término que se presta a confusión e inapropiado en este caso) o no. Una vez enunciado el punto de controversia, y si hemos de mantener el debate dentro de las leyes de la lógica discursiva, es necesario conocer el sistema o conjunto de normas al que tácitamente se hace referencia desde el enunciado, es decir, el sistema o conjunto de normas del que emana la legitimidad que pretendemos concederle o negarle a la posición en cuestión. Ese sistema de normas es necesariamente convencional, es decir, no viene dado sino que tiene que adoptarse como producto del acuerdo entre los hablantes. Pondré un ejemplo: la posición expresada en el enunciado “un siciliano que delata a otro siciliano merece la muerteâ€? es legÃtima en tanto que los hablantes acuerden emplear el sistema de normas de la omertá como fuente de legitimidad; pero carecerá de tal legitimidad si el sistema elegido son las Leyes positivas emanadas del Estado de Derecho. La discordancia entre los sistemas legitimadores adoptados por los diferentes agentes de un debate es la causa, dicho sea de paso, de la mayor parte de los desacuerdos irreconciliables; en el ejemplo que he propuesto, el mafioso y el juez nunca podrán ponerse de acuerdo porque ambos, dentro de sus respectivos contextos legitimantes, tendrán razón; por eso siempre, al final, será necesario imponer coercitivamente un determinado sistema de referencia obligada para dirimir toda clase de conflictos.
En este caso, como se desprende de lo que llevamos escrito hasta el momento, la fuente de legitimidad o censura de la posición encarnada en la frase del Presidente del Gobierno es el conjunto o sistema de normas que constituyen el Estado de Derecho o Democracia Constitucional [1]. Asumo desde este momento que existe acuerdo en relación con esto (aunque varios párrafos de mi interlocutor, que señalaré oportunamente, conculcan de forma ostensible dicho acuerdo) y, sobre todo, que el propio Zapatero está sometido a ese mismo marco normativo legitimante (del cual emana, por cierto, la legitimidad institucional de su cargo, lo que no es cuestión baladÃ) para no perdernos durante el debate.
Establecido esto, siendo asà que uno de los principios básicos del Estado Constitucional es la separación de poderes, y siendo asà que el Gobierno (el poder ejecutivo) es uno solo de los tres poderes que existen en el Estado, salta a la vista que formal y conceptualmente la posición expresada en la frase que examinamos no es legÃtima, por cuanto pretende reducir, como por arte de birli-birloque, el Estado entero a uno solo de los poderes que lo conforman, sin que ningún otro de los principios del propio Estado Constitucional justifiquen o avalen dicha reducción.
Por tanto, en respuesta a la primera afirmación de The End: “Aceptado que la frase de Zapatero es correctaâ€? debo negar cautelarmente la mayor: no acepto semejante cosa. La frase no es correcta o, mejor dicho, no es válida ni legÃtimamente aceptable en su contexto, que es el sistema jurÃdico-polÃtico que llamamos Democracia. Y no lo es porque vulnera de forma clamorosa el principio de separación de poderes y consiste, básicamente, en la consagración de un área de impunidad del Ejecutivo fuera del control democrático a que éste tiene que estar sometido por parte del Legislativo. Es indiferente si la frase se pronuncia en presencia de un pacto expreso firmado por los partidos polÃticos donde se acuerde sacar el terrorismo (o cualquier otra cosa) del ámbito del debate parlamentario: los partidos no tienen la capacidad de pactar la modificación o renuncia de los principios generales del sistema democrático y cualquier pacto que lo pretenda es nulo de raÃz (Tendremos ocasión de volver sobre este asunto cuando nos refiramos explÃcitamente al Pacto por las Libertades y Contra el Terrorismo y su valor normativo).
En resumen: todo intento por justificar la posición expresada en la frase de Zapatero partirá necesariamente de la voluntad de amoldar, de subvertir tácticamente los principios de la democracia; del deseo de amañar dichos principios por juzgarlos ineficaces a la hora de combatir al terrorismo, aunque sà sean eficaces para otras cosas. Es decir, la justificación de la frase aludiendo a razones de excepcionalidad (o a cualesquiera otras razones) parte en suma de la falta de confianza en los principios de la democracia como solución universal para cualquier asunto de gobierno.
El régimen polÃtico de la antigua República romana contaba con una institución personalista que, a propuesta del Senado y en presencia de circunstancias excepcionales que pudieran poner en peligro la seguridad de la República (invasión de enemigos, revueltas civiles graves), hacÃa recaer los tres poderes del Estado en un solo hombre, quien podÃa imponer su autoridad, transitoria pero absoluta, por encima del Senado y de los Tribunales, entre tanto perdurase la situación excepcional. Esa institución era llamada Dictadura y no por nada la historia ha conservado para ese término el significado con el que hoy comúnmente se le asocia. Lucio Sila y Julio César ocuparon el cargo de Dictadores, cargo que fue después abolido por Marco Antonio y rehabilitado por Octavio con el más llevadero nombre, que el Senado ideó para él, de Augustus. Una broma muy del gusto de los demócratas chilenos decÃa que Pinochet no era realmente un Dictador, porque él era Augusto.
Las modernas democracias constitucionales, como es palmario, han renunciado a incorporar instituciones semejantes y a justificar en la excepcionalidad la atribución de plenos poderes o poderes extraordinarios, no sometidos al control del resto de poderes, a favor del ejecutivo o cualquier otro órgano o magistratura [2]. Pretender que es legÃtimo un pacto por el cual se otorgan de facto dichos poderes al Gobierno es una asimilación peligrosamente mimética de la vieja institución romana que, no conviene olvidarlo, representó la tumba de la experiencia democrática de la república de los Gracos y el retorno a la forma despótica de gobierno.
A la luz de todo lo dicho más arriba, la artificiosa disquisición entre “problemaâ€? y “cuestiónâ€? de Estado se vuelve irrelevante. Sustitúyase en mi artÃculo previo la palabra “problemaâ€?, allà donde se haya utilizado, por la palabra “cuestiónâ€? o viceversa, y no se alterará un ápice de su esencia y contenido. No hay ningún criterio válido en el ordenamiento jurÃdico para estimar que el terrorismo es un tertium genus que demanda soluciones tan excepcionales como para subvertir los principios democráticos constitucionales, lo llamemos galgo o podenco.
Establecido todo lo anterior, vayamos, ahora sÃ, a la crÃtica pormenorizada de los argumentos de The End. Como se acaba de decir, lo que se califica en el comentario de The End como “el yerro más aparatosoâ€? (se supone que de mi argumentación), es decir, la presunta confusión entre “cuestiónâ€? y “problemaâ€? de Estado, no es más que un artificio semántico que, por si fuera poco, encierra en sà una falacia de dicto, porque se atribuyen a ambos términos significados caprichosamente divergentes cuando, en el contexto en que yo las utilizaba, las expresiones “cuestión de Estadoâ€? y “problema de Estadoâ€? se usaron alternativamente de forma casual y no deliberada y son perfectamente sinónimas. Por si fuera poco, aun aceptando que no lo fueran, los criterios de distinción a los que el propio The End alude son irrelevantes para la cuestión debatida. Podemos aceptar a efectos dialécticos que el terrorismo es un asunto de mayor gravedad que la educación o la sanidad por cuanto pone en cuestión las bases de nuestro sistema de valores; pero de ninguna parte de nuestro ordenamiento se deduce que, por esa razón, sea justificable subvertir precisamente el sistema de valores que el terrorismo pone en jaque (la separación y control recÃproco entre poderes, el imperio de la ley, la soberanÃa popular, etc.) para combatir al propio terrorismo. Si despojamos al argumento de The End de retórica, queda de este modo:
- El terrorismo es un problema de gobierno porque atenta contra las bases mismas del sistema democrático.
- La sanidad, la educación, etc. son simplemente cuestiones de gobierno porque no atentan contra las bases del sistema democrático.
- Por esa razón, el sistema democrático puede, a través de sus instituciones, abordar un problema de estado por medio de actuaciones excepcionales (en este caso, relajando la aplicación del principio de separación de poderes), cosa que no estarÃa justificada en el caso de una cuestión de estado.
Salta a la vista que el argumento se basa en un non sequitur: la conclusión no se sigue de las premisas. Es más: de inferir algo, deberÃamos inferir precisamente lo contrario: a mayor gravedad del problema, con mayor rigor y escrúpulo tendremos que observar y aplicar las reglas del sistema que hemos adoptado como único válido para la tarea de gobernar el Estado, so pena de demostrar con nuestros actos que la acción de los terroristas ha sido eficaz, ya que nos ha conducido a abandonar nuestros principios, que es lo que los terroristas pretenden. No creo que el recuerdo del caso GAL sea ocioso una vez más: en aquella ocasión la originalidad consistió en la vulneración reiterada de la ley penal, pero lo que Zapatero propone ahora representa la vulneración de la ley polÃtica; en los dos casos, con el argumento tácito de que la ley (cuyo imperio es uno de los principios fundamentales de la democracia constitucional) resulta inapropiada o insuficiente para combatir al terrorismo.
Por tanto, no existe vacilación, mucho menos contradicción entre lo dicho en mi artÃculo precedente y lo expresado en el artÃculo que escribà a cuenta de los asesinatos de Yemen. Más bien hay coincidencia. HabrÃa habido contradicción si yo hubiese propuesto entonces la suspensión del funcionamiento de la democracia para enfrentar al desafÃo islamista, cosa que, obviamente, no hice. Ante la amenaza que el terrorismo islámico representa y ante el relativismo nihilista y antidemocrático que lo alienta (y que se sustancia, por ejemplo, en iniciativas como la Alianza de Civilizaciones, que representa una voluntad previa de renunciar a los valores democráticos), yo creo que hay que poner en valor los principios de la democracia con tanta firmeza como sea posible.
De que el argumento de base de The End es falaz da cuenta el hecho de que, a renglón seguido, debe sustentarlo con una nueva falacia discursiva. Al introducir que
“AsÃ, pues, si en todo lo demás la batalla navajera es lÃcita […]â€?
mi interlocutor está realmente recurriendo aquà a una petito principii, es decir, está introduciendo la conclusión pretendida en el planteamiento de las premisas. La frase de Zapatero no es “En materia de terrorismo, quien ejerce el navajeo contra el gobierno lo ejerce contra el Estado�, sino que es “quien hace oposición�. La carga de reproche que contiene el término “navajeo� es toda una petición de principio (porque la oposición no necesariamente tiene que plantearse en términos de navajeo) y suplanta el debate racional trufándolo descaradamente de componentes emocionales.
Añade The End a renglón seguido:
“¿no serÃa mejor que en este campo tan crÃtico para la propia pervivencia del Estado nos abstuviéramos de estrechos partidismos?â€?
Pasemos por alto la nueva petición de principio y respondamos a la pregunta: sin duda que serÃa mejor. Pero no se pueden arbitrar pactos ad hoc de cumplimiento obligado que, para evitar esa indeseada consecuencia (los estrechos partidismos), eliminen su causa formal, que no es otra que la labor normal del Parlamento. Esto serÃa tanto como dar por bueno eso de que “muerto el perro, se acabó la rabiaâ€?.
Pondré un ejemplo: también serÃa mejor que los periódicos no mintieran deliberadamente. Sin embargo, la solución a ese problema no puede ser la implantación de la censura. La solución, de haberla, pasa por los lectores de periódicos: ellos son los únicos capaces de censurar a los editores embusteros por medio del cotidiano ejercicio de acudir al quiosco para comprar un periódico u otro. Del mismo modo, serÃa mejor que los partidos polÃticos no se dejaran llevar por el estrecho partidismo, pero la solución para evitarlo no puede ser la limitación de la actividad parlamentaria que está en la base de nuestro sistema democrático constitucional como expresión de la soberanÃa popular. El rasero para medir y, en su caso, castigar los estrechos partidismos no puede estar, pues, en la sumisión del Parlamento al ejecutivo, es decir, en la eliminación del control parlamentario sobre el gobierno (que no otra cosa es la pretensión de eliminar la labor de oposición al gobierno en relación con el terrorismo o con cualquier otra cosa), sino que el rasero ha de ser la ciudadanÃa quien, por medio del voto, tendrá que censurar a quien recurra al estrecho partidismo en materia tan sensible, y que recompensar a quien demuestre estar actuando con sentido de la responsabilidad, con raciocinio y con eficacia.
Esto nos lleva a tener que rechazar el proverbio castrense por impertinente al caso; precisamente para evitar que los soldados se dediquen a dirimir sus propios pleitos en vez de responder al fuego enemigo, el ejército está organizado jerárquicamente con mandos que, en tiempo de guerra, gozan de un poder absoluto sobre sus inferiores que desde luego no procede de la soberanÃa delegada de éstos, porque el objetivo del Ejército es ganar guerras, no elaborar y promulgar leyes ni llevarlas a efecto. Del ejemplo propuesto deberÃamos hallar la conclusión de que, entonces, serÃa bueno organizar el Estado a la manera de un ejército donde unos (pocos) mandan y otros (muchos) obedecen basándose no en el principio representativo, sino en la pura disciplina.
Una última cosa querrÃa decir a cuenta de la batalla navajera y los estrechos partidismos. La pretensión (expresada elÃpticamente en la frase de Zapatero que debatimos) de extraer el terrorismo de la labor de oposición nunca tendrÃa como consecuencia la eliminación del navajeo y el partidismo, sino que supondrÃa de facto el otorgamiento del derecho al navajeo y al partidismo, en régimen de monopolio, al partido en el gobierno. No podemos abstraernos del hecho de que el gobierno es ejercido por alguno de los partidos con representación parlamentaria. Por la propia lógica polÃtica, este partido no puede renunciar al beneficio partidista que obtendrá de la polÃtica antiterrorista desarrollada por su gobierno cuando ésta resulte o sea presentada como eficaz; sin embargo, de cumplirse la petición expresada en la frase de Zapatero, quedará bloqueado el derecho de los partidos opositores de señalar los errores del gobierno y exponer sus propias propuestas en materia tan sensible, y de obtener el legÃtimo beneficio proporcional a su acierto y oportunidad al hacerlo. Una vez más, tenemos que concluir que la finalidad de la frase de Zapatero no es otra que levantar barreras de impunidad alrededor del Gobierno, lo cual es absolutamente contrario al espÃritu y a la letra de los principios del Estado de Derecho.
Voy a pasar por alto, por poco relevante, la afirmación de The End según la cual “los únicos que recogen beneficios son los mismos que piden champán y langostinos para celebrar un atentadoâ€?. Sólo diré que esa afirmación es justamente la misma que esgrimÃan quienes trataban de desacreditar los procesos judiciales emprendidos contra los responsables del GAL: que eso agradaba a la ETA. El Estado de Derecho es un sistema de normas de carácter objetivo y universal, se ha dicho varias veces, y su aplicación rigurosa ha de ser absolutamente independiente de a quién hace feliz y a quién desdichado.
Más interesante me parece comentar el siguiente párrafo del alegato de The End.
“Mira lo que has escrito, por ejemplo: “La polÃtica antiterrorista del PP era materialmente la correcta en términos estratégicos y éticos (…) La polÃtica antiterrorista del Gobierno actual (… es …) ineficaz e inmoralâ€?. Extraña que la base en que apoyes tu censura de fondo del Pacto tenga un dudoso carácter moral y un más que discutible criterio de eficiencia. Se supone, y si no hay que demostrarlo, que ambas polÃticas (la del PP y la del gobierno actual) tienen idéntico propósito: terminar con el terrorismo. ¿Por qué, entonces, una es ética y la otra inmoral? ¿Solo en base a tu preferencia ideológica personal? ¿Sabes que hubo más muertos en atentados durante la vigencia del Pacto (contando el 11-M o sin contarlo) que durante los tres años de Zapatero? ¿En qué criterio de eficiencia, entonces, fundas tus cálculos para decir que una polÃtica era estratégicamente correcta y la otra es ineficaz? ¿Solo en base a tu preferencia ideológica personal?â€?
Empezando por el principio, en ningún momento he hecho yo una censura, y menos de fondo, del Pacto Antiterrorista. Aparte que ese no es el tema de conversación. Yo sólo he mencionado el Pacto Antiterrorista, que fue traÃdo a colación por mi interlocutor, con dos propósitos: primero, con el propósito de demostrar que el Presidente del Gobierno no puede utilizar subjetivamente el Pacto como justificación de su frase aquà debatida porque él y su partido se han dedicado a incumplir con sistemático tesón el resto de sus puntos, lo que en puridad les inhabilita para apelar a su validez en ningún respecto so pena de incurrir en una clamorosa inconsistencia; y segundo, para demostrar que tampoco puede el Presidente del Gobierno utilizar objetivamente el punto 1 del pacto como justificación de su frase porque dicho punto 1, tomado aisladamente, contraviene las leyes polÃticas fundamentales del Estado, donde se consagra el principio de la separación de poderes. Eso es todo. Por lo demás, el contenido del Pacto Antiterrorista me parece un buen reflejo (salvedad hecha de ese punto 1 de corte buenista, producto del ingenuo voluntarismo de sus redactores, entre los cuales no estaba, por cierto, Zapatero) de lo que han de ser los principios inspiradores de la lucha antiterrorista dentro del respeto a la ética, a la ley y a la estructura polÃtica del Estado.
De lo que sà habÃa censura en mi alegato es de la polÃtica antiterrorista del Gobierno de Zapatero. Tampoco deseo extenderme en esto porque, una vez más, es un asunto de debate distinto del que nos ocupa y yo lo mencioné de pasada sólo como ejemplo de que el consenso no es un valor éticamente relevante porque puede celebrarse entorno de un propósito benemérito [3], en cuyo caso el consenso es éticamente irreprochable, o puede producirse alrededor de un propósito perverso[4], en cuyo caso el consenso sobre el mismo devendrá igualmente perverso. Ahora bien, creo obligado responder a la pregunta retórica de The End y afirmar que no, que el fundamento de mi censura de la polÃtica antiterrorista de Zapatero no es mi preferencia polÃtica personal, que serÃa tanto como afirmar que mi posición obedece a simple sectarismo. Por el contrario, mi censura de la polÃtica de Zapatero se basa en la fe en ciertos principios no partidarios como son: que las reivindicaciones de ETA y de todo el nacionalismo vasco carecen por completo de fundamento y son absolutamente rechazables; que la violencia terrorista no debe servir para la obtención de réditos polÃticos de ninguna clase; y que un gobierno nunca debe ceder ante ningún tipo de chantaje ejercido por quien preconiza la violencia y la tiranÃa. Me causa sorpresa que The End considere igualmente aceptables a priori las polÃticas del PSOE y del PP en materia antiterrorista basándose en el argumento de que comparten “idéntico propósitoâ€?; yo pensaba que todos estábamos de acuerdo en que, en democracia, el fin (el propósito) no justifica los medios, y que el ejercicio de la democracia se basa precisamente en el empleo de determinados y tasados medios, y no otros, para lograr cualesquiera fines; medios entre los cuales no están la negociación con bandas de criminales, el reconocimiento de esotéricos (e inexistentes) derechos históricos colectivos, la utilización de la fiscalÃa del Estado con fines polÃticos o el amoldamiento de la Justicia a las diferentes situaciones e intereses coyunturales. Sentado esto, la contabilidad de los muertos es irrelevante (dentro del presente debate; a los afectados ha de parecerles del todo relevante y, pese a todo, en general no respaldan con ningún entusiasmo la polÃtica de Zapatero) y tiene un tufo a argumentum ad populum bastante conspicuo. Si a eso vamos, la claudicación francesa ante la invasión nazi habrÃa sido mucho más digna de alabanza que la resistencia británica, porque la segunda costó muchos más muertos que la primera. En esa deficiente y demagógica formulación radica, creo, toda la falsaria justificación del pacifismo al uso.
Alteraré un poco el orden sucesivo de las respuestas a los argumentos de The End para ocuparme ahora de dos cuestiones menores y dejar para el final otra de más enjundia.
La primera de esas dos cuestiones menores a las que querÃa referirme es la afirmación de The End sobre qué punto es más importante del Pacto Antiterrorista, como si yo hubiera dicho en alguna parte basado algún punto fundamental de mi alegato en que determinado punto es más importante que otro. Como he manifestado más arriba, el pacto podrÃa alegarse como fuente de legitimidad de los propios actos a condición de cumplirlo entero, y también he dicho que el punto 1 contradice el principio de separación de poderes, pero no he dicho nada sobre qué parte es más importante y qué otra lo es menos. Creo que aquà mi interlocutor construye un pequeño hombre de paja contra el que poder disparar más a gusto.
El segundo asunto menor es una nueva falacia semántica, concretamente aquella donde se rebate mi crÃtica del consenso, que se juzga errada “por mala intelección de los términosâ€? que empleo en ella. Dice The End que el consenso siempre es éticamente relevante porque si no es confabulación. Eso no es cierto. Para que lo fuera, la palabra consenso deberÃa significar “acuerdo en relación con algo intrÃnsecamente bueno”, pero no significa eso: sólo significa acuerdo o, según la Academia, “asenso, consentimiento, especialmente el formado por todos los miembros de una misma corporación”. Por tanto, y como ya dije más arriba, cabe imaginar sin error conceptual un consenso formado alrededor de un objeto perverso. Sabido eso, cuando dice The End que “todo acuerdo entre partes es éticamente relevanteâ€?, está introduciendo una falacia sutil: el acuerdo entre las partes es beneficioso sólo para facilitar el cumplimiento del objetivo de quienes lo forman; asÃ, por ejemplo, una banda de ladrones llevará a efecto sus designios más fácilmente si con carácter previo acuerdan (consensúan) el método para cometer el robo, el reparto del botÃn, etc. En este caso, el consenso será bueno para ellos, pero éticamente muy reprobable. Además, en el ejemplo propuesto, estaremos ante una confabulación, término del que la Academia, con delicioso y ajustado arcaÃsmo, dice que “tómase por lo común en mala parteâ€?. Por tanto, me temo que el fallo en la comprensión de los términos cabe imputárselo a mi interlocutor, no a mÃ, al menos en este caso.
Termino apurando la reflexión de fondo de The End que encierra, creo, el núcleo de la cuestión, al menos desde su punto de vista, aunque desde el mÃo se trata de una materia que, si bien interesante, está fuera del tema de discusión, y en ella se percibe que The End se aparta del sistema democrático como orden normativo legitimante.
La democracia española es apenas un simulacro, “apesta a cadáverâ€?, afirma The End, para quien yo transito, con mis candorosos formalismos legalistas, por las riberas del deber ser, cuando lo que aquà procede es enfrentarse con determinación y sin remilgos al ser: la democracia real española ya es una porquerÃa; no hay motivos para escandalizarse si alguien propone, para corregir o compensar sus evidentes fallas, la comisión de una nueva (y pequeña) conculcación de sus principios formales.
A eso debo yo responder que dicha forma de argumentar procede, a mi juicio, de un pernicioso relativismo. Cierto que nuestro sistema representativo es deficiente; que el funcionamiento del parlamento es una estafa; que la justicia se mercadea. Pero pensar que en medio de semejante panorama la solución más aconsejable pueda consistir en deteriorar aún más la calidad de las instituciones no deja de ser bastante dudoso. Y bastante perverso. En mi opinión, la actitud más apropiada ha de ser la de exigir a los poderes públicos que arreglen lo que está mal, no que terminen de deteriorar lo que aún está más o menos bien. La obligación del médico es curar los órganos enfermos, no estropear los sanos, porque no es cierto que un error cancele otro precedente y esa estrategia no conduce más que a la muerte del paciente. Por tanto, el modus operandi preconizado por The End será el adecuado a condición de que nuestro objetivo sea terminar de cargarnos la democracia; no si pretendemos (cada uno en la medida de nuestras fuerzas, sean pocas o muchas) que ésta vaya ganando progresivamente en vigor y lozanÃa.
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NOTAS.
[1]. Para una definición de Democracia Constitucional, puede leerse el artÃculo de Ramón Peralta publicado en Freelance Corner “Democracia constitucional: elección, control y división del poder estatal â€? (Primera Parte / Segunda Parte).
[2]. Existen ciertas excepciones parciales a esta regla en los diferentes Ordenamientos JurÃdicos para casos de guerra o catástrofe, recogidas por la CE en los arts. 53, 55, 116. Incluso en esas situaciones se prevé el control del Parlamento sobre el Ejecutivo. Obviamente, son situaciones que no tienen relación con el asunto que aquà se debate.
[3]. Por ejemplo, el consenso alcanzado el pasado mes de junio en el seno de la UE para mantener la posición de condena y las sanciones diplomáticas contra el régimen tiránico de Cuba.
[4]. Por ejemplo, el amplio consenso alcanzado por las mayorÃas gubernamentales blancas en Suráfrica en el periodo 1948-1970 para privar a la población negra de sus derechos civiles fundamentales.
Posted on Lunes, Julio 9 2007
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La primera de esas dos cuestiones menores a las que querÃa referirme es la afirmación de The End sobre qué punto es más importante del Pacto Antiterrorista, como si yo hubiera dicho en alguna parte que determinado punto es más importante que otro. Como he manifestado más arriba, el pacto podrÃa alegarse como fuente de legitimidad de los propios actos a condición de cumplirlo entero, y también he dicho que el punto 1 contradice el principio de separación de poderes, pero no he dicho nada sobre qué parte es más importante y qué otra lo es menos. Creo que aquà mi interlocutor construye un pequeño hombre de paja contra el que poder disparar más a gusto.
Es, sin duda, una cuestión menor, pero comoquiera que estás todavÃa corrigiendo detalles no estarÃa de más de más que eliminases este punto menor o lo reescribieses, porque basta asomarse a tu anterior artÃculo sobre la cuestión para leer, de tu teclado, lo siguiente:
No se puede uno refugiar, como hace el Gobierno del PSOE, en la obligación de cumplir el punto 1 después de haber incumplido todos los demás. Es necesario recordar que el punto 2, a mi juicio mucho más importante, se refiere a una cuestión material, no formal como el 1, que es ni más ni menos el compromiso de negarle a ETA cualquier posibilidad de éxito a la hora de conseguir sus fines polÃticos.
Si lo mÃo es un hombre de paja, lo tuyo debe ser improvisación para salir del atolladero…
No, más bien descuido, porque atolladero no habÃa
Lo corrijo en lo que merece, que es poco; yo no he basado ningún argumento en esa afirmación.
Aunque la nueva redacción sigue siendo incorrecta (”pero no he dicho nada sobre qué parte es más importante y qué otra lo es menos”), esperaré a mañana a responder. AsÃ, de paso, cabe que te des cuenta de otros “descuidos” y hasta es posible que modernices tu diccionario, porque citas desde una edición pasadita de fecha.
Me voy a tirar el pisto, hombre: cito de memoria
Espero la respuesta. Como te he comentado, yo ya he dicho más o menos lo que querÃa decir, pero seguro que a los lectores les encantará leer lo que tengas que decir tú.
Gracias, Emilio, por el tiempo, esfuerzo e interés que has dedicado a debatir con un desconocido. Pienso que la discusión tiene cierta relevancia y solo puedo lamentar que, aparte lo que puedas añadir en comentarios de respuesta a estos mÃos, todo vaya a terminar aquÃ. Ojalá en otras bitácoras exploren lo que aquà hemos expuesto ambos. Intercambios de esta Ãndole sobre esta materia no son habituales por más que imprescindibles, y luego pasa lo que pasa y se lee lo que se lee. Dicho esto, comprenderás que me resulte imposible señalar las fallas, “descuidos”, trampas, omisiones y brotes de Derecho creativo de tu texto con cuatro lÃneas. Me excuso ante ti y tus lectores por la extensión a que necesariamente habré de llegar.
Asà que comienzo me tropiezo con la primera en la frente: haber conculcado ostensiblemente en varios de mis párrafos nada menos que “el conjunto o sistema de normas que constituyen el Estado de Derecho o Democracia Constitucional» en tanto que marco y referencia de nuestra discusión. Sin embargo, yo dirÃa que, desde mi primera intervención (no sé embeber enlaces, asà que ni lo intento), he mirado la frase zapateril contra el fondo del Pacto Antiterrorista y tanto tú como luego Bazán no habéis hecho sino responderme con dicho Pacto de fondo. El colmo es que, descuidos al margen, tu segundo artÃculo está dedicado casi en su integridad a la legitimidad o no del Pacto. ¿Has conculcado tú también, por tanto, el conjunto o sistema de normas que constituyen el Estado de Derecho o Democracia Constitucional? Pues no lo sé, pero parece que entonces hablábamos de lo mismo y ahora no.
Antes de seguir con los puntos enjundiosos tengo de nuevo que corregirte el vocabulario: en habla ordinaria, para calificar la frase de Zapatero es indistinto utilizar la voz “correcta” (libre de errores o defectos, conforme a las reglas) que la voz “legÃtima” (conforme a leyes), pero habida cuenta del ilegÃtimo uso que de la voz legÃtimo haces en tu ejemplo siciliano —no me seas como los venezolanos, que a todo llaman vaina— me veo en la obligación de señalar que caes en el reduccionismo del vocabulario especializado. En el contexto del Pacto, la frase de Zapatero es más correcta que legÃtima, pues el Pacto no es una ley sino unas reglas acordadas.
La sustancia de tus primeras afirmaciones, incluidas inesperadas notas a pie de artÃculo, consiste en negar la validez de la afirmación de Zapatero, haya Pacto o no, porque «vulnera de forma clamorosa el principio de separación de poderes y consiste, básicamente, en la consagración de un área de impunidad del Ejecutivo fuera del control democrático a que éste tiene que estar sometido por parte del Legislativo». Esto, querido Emilio, no se sostiene, y ya le puedes poner notas a pie de artÃculo que no pasará de ser Derecho desiderativo.
Alguna crÃtica ya la hice en comentarios pero escribes como si no la hubieras visto: en la práctica, el Pacto PP-PSOE o PSOE-PP implica que 2 de los 3 poderes que existen en el Estado (el ejecutivo y el legislativo) trabajan de consuno, con la particularidad de que entre ambos, sin ayuditas de los demás partidos, pueden bloquear votaciones, promulgar leyes (como la Ley de Partidos), modificarlas al gusto (como el Código Penal), manejar el tercer poder en la dirección deseada (vÃa FiscalÃa, vÃa CGPJ, vÃa comisarios infiltrados o vÃa cabeza de caballo bajo la colcha) y hasta promover la reforma a fondo de la Constitución, ya que ambos suman más de tres quintos de cada una de las Cámaras. No se da, pues, la situación garycooperiana que pintas, sino la de dos en la carretera.
Por otro lado, también objeté que la asunción del Pacto no equivale a que en su seno no se diriman disputas incendiarias, como asà ha sucedido en ocasiones, significando esto que el control del Legislativo simplemente se traslada del Canal Parlamentario de TV a una reunión a puerta cerrada, exactamente igual que sucede, sin que se vulnere ni conculque nada, con la Comisión de Secretos Oficiales o con partes selectas de comisiones de investigación, o como sucederÃa si alguna vez hubiera un pleno del Congreso o del Senado de carácter secreto, previsto en el artÃculo 80 de la Constitución. Que el ciudadano no vea el control, e incluso que nunca conozcamos el detalle de lo controlado, no equivale a ausencia de control ni a vulneración de principios democráticos. Se supone («deber ser») que nuestros representantes parlamentarios se ocupan de ello.
Pero es que, aunque no existiere Pacto, el artÃculo 105b CE sustrae de los principios generales de transparencia y publicidad dos materias que son competencia exclusiva del Ejecutivo (arts 8.1 y 104.1 CE):
«b) (La ley regulará) el acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.»
Traducido para legos, que no es tu caso: queda a discreción del Ejecutivo que nos enteremos de ciertos detalles que afecten a seguridad y defensa del Estado, lo que incluye la polÃtica antiterrorista, lo cual, llegado el extremo, se concreta mediante la clasificación como secreto de esto o aquello. El Tribunal Constitucional ha tratado históricamente de conciliar la plena efectividad de los derechos fundamentales (23.2 CE) con la tutela de derechos de terceros que pudieran ser afectados por la revelación de secretos. Centrándonos en el control parlamentario, el derecho a la información de un diputado, en ese caso de lesión de derechos de terceros, queda a expensas de acreditar de modo harto convincente que la información solicitada al Ejecutivo —y negada en un principio por este— resulta estrictamente necesaria para el mejor desempeño de la función parlamentaria. Pedir por pedir, como que dice el TC que no. Excuso decir que con mayor razón serÃa asà en el transcurso de unas negociaciones con terroristas que cuentan con el beneplácito mayoritario del Congreso.
A mayor abundamiento, y para cerrar este primer comentario, recordemos un episodio ocurrido, pese a todo, el 21 de marzo de 2006. Ahora Rajoy está pidiendo las famosas actas para que «Zapatero pruebe su inocencia» (sic! sic!). En la fecha indicada, en la Comisión de Secretos Oficiales del Congreso…
http://www.elmundo.es/elmundo/2006/03/21/espana/1142964975.html
Sigo más tarde. Pero a esto ya se puede replicar, claro.
Viene de arriba, Emilio 1 y/o Emilio 2, que me he enterado de tu múltiple personalidad y ya no sé a quién me dirijo.
En resumen de lo anterior, que ha sido forzosamente sintético, el Ejecutivo, mediante la frase zapateril, no está reclamando ninguna área de impunidad o similar pues, constitucionalmente, si las cosas se ponen chungas, ya dispone de ella. Por eso precisamente, porque legalmente no tiene pito que tocar, Rajoy pide las actas de la negociación con excusa tan cuestionable (”para probar su inocencia“) y, como demuestra el enlace, con aspavientos de damisela falsamente ofendida en su virginidad.
Comenzando con un argumento que no se sostiene, y que invalida la mayor parte de lo que has escrito sobre él o en su derredor, no asombra que te vas obligado a más ligerezas para rellenar agujeros:
«No hay ningún criterio válido en el ordenamiento jurÃdico para estimar que el terrorismo es un tertium genus que demanda soluciones tan excepcionales como para subvertir los principios democráticos constitucionales, lo llamemos galgo o podenco»
De esta afirmación tan rotunda excluiremos la Audiencia Nacional, ¿verdad? Muchos lo consideran un tribunal de excepción (prohibidos por 117.6 CE), y ciertamente no faltan razones para coincidir con ellos. Creado antes de la Constitución mediante un decreto ley, salta a la vista que vulnera el derecho al juez natural u ordinario que marca el 24.2 CE. No digo que no sea conveniente, pero, dado que la Audiencia Nacional se ocupa de los delitos de terrorismo y hurta a por ejemplo a los etarras, generalmente vascos y vascas, su derecho constitucional al juez natural, si no es una solución excepcional para un problema excepcional, igual es otra artificiosa disquisición como esa de “problema de Estado” y “cuestión de Estado”
Dices a continuación que “de ninguna parte de nuestro ordenamiento se deduce que, por esa razón [de la mayor gravedad], sea justificable subvertir precisamente el sistema de valores que el terrorismo pone en jaque (la separación y control recÃproco entre poderes, el imperio de la ley, la soberanÃa popular, etc.) para combatir al propio terrorismo“, y me repito candorosamente que tal aserto será verdad en un paÃs donde no se modifique la ley del menor con acuerdo PP-PSOE para, pese a que el obstinado ordenamiento no permita alegrÃas de esta naturaleza, crear el Juzgado Central de Menores en la Audiencia Nacional cuyo único fin es juzgar a kaleborrokeros de entre 14 y 18 años. Es decir, un chaval quema mobiliario urbano en Albacete porque está experimentando con gasolina en vez de con gaseosa y es juzgado en Albacete; el mismo chaval hace lo propio en Ondarroa y es juzgado en Madrid. Suena también a excepcionalidad de alguna clase, pero no estoy seguro.
Por tanto, es evidente que sà existe vacilación y sombra de contradicción entre lo que has venido manteniendo en esta serie de artÃculos (que no siempre ha sido lo mismo aunque lo parezca) y lo que dijiste sobre los turistas españoles asesinados en Yemen. Movióla: “¿Cuántos muertos tendrán que caer todavÃa para que refundemos el concepto de guerra y nos demos cuenta de que nuestro mundo entero vive sumido en una? ¿Cuántos muertos más para que nos decidamos, de una vez por todas, a ganarla?” Me pregunto para que tenemos que refundar ningún concepto guerrero si no es para adecuarlo a estas…. excepcionales… circunstancias, nunca antes sufridas ni conocidas por España a esta escala.
En lo que sigue sueles quedarte con las hojas pero no con el rábano, táctica dialéctica lÃcita que a veces ejecutas con gracia y, alguna vez, con desgracia:
“Precisamente para evitar que los soldados se dediquen a dirimir sus propios pleitos en vez de responder al fuego enemigo, el ejército está organizado jerárquicamente con mandos que, en tiempo de guerra, gozan de un poder absoluto sobre sus inferiores que desde luego no procede de la soberanÃa delegada de éstos, porque el objetivo del Ejército es ganar guerras, no elaborar y promulgar leyes ni llevarlas a efecto. Del ejemplo propuesto deberÃamos hallar la conclusión de que, entonces, serÃa bueno organizar el Estado a la manera de un ejército donde unos (pocos) mandan y otros (muchos) obedecen basándose no en el principio representativo, sino en la pura disciplina.”
Francamente, lo importante del ejemplo castrense no era la figura del general ni su representación arquetÃpica del ejército. PodrÃa haberlo puesto asÃ: “Es de locos que los soldados diriman en la trinchera querellas internas en lugar de responder al fuego enemigo”. ¿A que se parece mucho a refundar conceptos cuando hay declarada una guerra contra nuestro orden ético, jurÃdico y social y contra los valores de la libertad y la vida? Siendo ese el rábano, no veo que hayas dicho nada al respecto.
También deslizas alguna originalidad en lo que viene a continuación. Si te he entendido bien, durante el último gobierno de Aznar (que transcurrió casi todo él bajo los efectos del Pacto) este tuvo de facto el monopolio del derecho al navajeo y al partidismo en polÃtica antiterrorista, ya que “por la propia lógica polÃtica, este partido no puede renunciar al beneficio partidista que obtendrá de la polÃtica antiterrorista desarrollada por su gobierno cuando ésta resulte o sea presentada como eficaz“. Es, sin duda, una interesante aportación, sobre todo si la empleamos a fondo en lo ocurrido tras el 11-M.
Sigo luego.
Viene de arriba, Emilio bipolar, y termina abajo.
Comentando el párrafo donde aduzco dos valoraciones contrapuestas tuyas sobre la polÃtica antiterrorista en función de quién la dirija, dices que no has hecho una censura de fondo del Pacto. Quizá sea un problema de entender qué significa “censura de fondo”, pero hace un artÃculo decÃas que el Pacto no era legÃtimo y contenÃa un punto antidemocrático. Ahora añades o precisas que el punto 1, el antidemocrático, “contraviene las leyes polÃticas fundamentales del Estado, donde se consagra el principio de la separación de poderes“, pero que el resto te parece un buen reflejo “de lo que han de ser los principios inspiradores de la lucha antiterrorista dentro del respeto a la ética, a la ley y a la estructura polÃtica del Estado“. Dejaremos de lado que el punto 1 no dice nada que no esté en la Constitución y que no se repita en varios de los siguientes puntos que te parecen asumibles. Bastante he criticado arriba que tu interpretación es errónea. Y además todo el mundo tiene derecho a contradecirse.
Dicho lo cual voy a ver si deshago la desafortunada tergiversación que haces de mis palabras a propósito de la mencionada comparación de valoraciones, tanto más deleznable cuanto que creo haberte dejado bien claro en qué tipo de democracia creo. Dices:
“Me causa sorpresa que The End considere igualmente aceptables a priori las polÃticas del PSOE y del PP en materia antiterrorista basándose en el argumento de que comparten “idéntico propósitoâ€?”
No sçe de qué te sorprendes. Yo a priori no soy adivino ni victimista cerril ni sectario. Porque una polÃtica la ejecute la derecha y otra la izquierda, yo, a priori, no alabo la una y detesto la otra ni viceversa.
Sigues diciendo:
“yo pensaba que todos estábamos de acuerdo en que, en democracia, el fin (el propósito) no justifica los medios, y que el ejercicio de la democracia se basa precisamente en el empleo de determinados y tasados medios, y no otros, para lograr cualesquiera fines;”
De donde se sigue que tú, a priori, ya consideras que la izquierda no va a ajustarse a esos determinados y tasados medios, mientras la derecha sÃ. Houston, tenéis un problema.
Sigues:
“medios entre los cuales no están la negociación con bandas de criminales, el reconocimiento de esotéricos (e inexistentes) derechos históricos colectivos, la utilización de la fiscalÃa del Estado con fines polÃticos o el amoldamiento de la Justicia a las diferentes situaciones e intereses coyunturales”
Lo cual dices como si los distintos gobiernos de Aznar no hubieran incurrido en tales defectos invalidadores. Pero lo hicieron: Movimiento de Liberación Vasco; promesas de tratamiento generoso; un parón en las detenciones de etarras que duró varios meses (entre septiembre de 1998 y marzo de 1999, cero detenidos, ni en Francia ni en España); excarcelación y acercamiento de presos; MartÃn Fluxá, Secretario de Estado de la Seguridad, diciendo que “el proceso … será largo, no podrá haber nunca vencedores ni vencidos“; Fungairiño, Fiscal del Estado, hablando de instrumentos que podÃan facilitar la reinserción de terroristas; invitación a etarras huidos a que regresaran sin miedo a ser juzgados; el Ejecutivo aprobando que el Estado sea el que pague a las vÃctimas las indemnizaciones; Abarca, entonces lÃder de la AVT, declarando su particular rebelión cÃvica: “Sabemos que quienes han destrozado nuestras vidas saldrán pronto a la calle, tan campantes, y que no van a pagar ni cárcel ni dinero. Lo aceptamos porque no queremos ser un obstáculo para la paz, y no hay más remedio.“… Todo ético y eficiente. O todo amnésico y deficiente.
Y rematas:
“Sentado esto, la contabilidad de los muertos es irrelevante (dentro del presente debate; a los afectados ha de parecerles del todo relevante y, pese a todo, en general no respaldan con ningún entusiasmo la polÃtica de Zapatero) y tiene un tufo a argumentum ad populum bastante conspicuo. ”
¡Eh, pero es que no fui yo el que eligió el término eficiente para definir la polÃtica antiterrorista de Aznar! ¿Qué conspicuo significado tiene en tu jerga el término eficiente, término, por demás, finalista? Es decir, ¿por qué usas un término cuya gracia consiste en conseguir un efecto determinado sin que importen los medios? ¿Quieres decir que el “efecto determinado” buscado por la polÃtica de Aznar no era reducir la contabilidad funeraria? ¿Que no era terminar con el terrorismo? ¿Era otro? ¿Morir con estilo y dignidad? ¿Eso querÃas decir con eficiente?
Pasaré por alto el párrafo maldito con el gran “descuido” al que ya aludà ayer en el primer comentario de este hilo. Solo dejar constancia, como digo en el tercer comentario, de que sigue conteniendo una falsedad y de que no hubo ningún hombre de paja por mi parte: sÃ, hay puntos del Pacto que te parecen más importantes que otros, asà lo escribiste hace un artÃculo.
Volvamos a la corrección de vocabulario. No sirve de mucho, Emilio, adornarse con ejemplos plausibles y ejemplos detestables si le vamos a llamar a todo “esta vaina”. Tirando de diccionario actualizado, resulta que consenso (acuerdo producido por consentimiento entre todos los miembros de un grupo o entre varios grupos) y confabulación (dicho de dos o más personas: Ponerse de acuerdo para emprender algún plan, generalmente ilÃcito ) significan lo mismo pero se distinguen en el pequeño matiz de la licitud (y poniéndonos quisquillosos y etimológicos en otros dos: voluntariedad y dinámica). AsÃ, lo que acuerde una banda de ladrones siempre será una confabulación salvo que acuerden entregarse a la justicia sin condiciones. Que sea bueno para ellos tal o cual reparto de botÃn es indiferente y no convierte un fin ilÃcito en lÃcito ni transforma una confabulación en un consenso. Subsiste, pues, el error conceptual que señalé.
Y solo me quedarÃa volver a lamentar otra tergiversación de mis palabras en tus párrafos finales, pero hay obligaciones que me tendrán ausente un par de dÃas y debo dejar el teclado ahora mismo. Maldita sea.
He dicho. Leeré tus réplicas, si las hay, o las de cualquier otro, si las hubiere, a mi regreso
Por alusiones. Escribes: “… desde mi primera intervención (no sé embeber enlaces, asà que ni lo intento), he mirado la frase zapateril contra el fondo del Pacto Antiterrorista y tanto tú como luego Bazán no habéis hecho sino responderme con dicho Pacto de fondo…”
No exactamente. O quizá es que no supe hacerme entender. Personalmente creo que dicho Pacto fue repudiado de facto antes incluso de que RodrÃguez llegara a la Presidencia, y en consecuencia también es mi impresión personal que para él dicho Pacto no le ligaba de ninguna manera aun antes de 2004. Por eso cuando fue presionado por Rajoy su única respuesta fue la del soberbio: “¡Cómo osa criticarme! ¡Usted no sabe con quién está hablando!”
No entiendo lo de Emilio Bipolar y lo de las dos personalidades de Emilio (que soy yo y tengo una única personalidad). ¿Me lo explicas, por favor?